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Derechos políticos vs. espacio público

Por José Vicente Sánchez

Desde el 28 de julio, Colombia estará inundada por afiches, pasacalles, pendones y vallas multicolores con caras y lemas, con números y aspiraciones de candidatas y candidatos, muchos más que los elegidos finalmente, anunciándose con la esperanza de llegar a ocupar una curul o un cargo uninominal. Se avecina una contienda electoral, la más prolija, la regional.

Por otra parte ciudadanos amantes del espacio libre de contaminación visual, congestionados y acongojados por la papelería impresa que pulula por las calles con tarjetas de presentación política y volantes más vallas y demás; rechazan y maldicen a los políticos, con el lema de siempre: “todos son iguales de corruptos”.

Nace pues una contienda de derechos, por un lado el derecho de elegir y ser elegido y por otra la protección del espacio público y del medio ambiente sano y libre de contaminación visual. Todos consagrados por nuestra Constitución Política, el primero en el Art. 40 y los segundos en los Arts. 81 y 82.

El derecho electoral en nuestra patria ha evolucionado lo suficiente para conciliar ambas posiciones, de un lado ha establecido que la propaganda electoral sólo se podrá instalar tres meses antes de la fecha de elección (Ley 130/94 Art. 24), es decir pro tempore, por un tiempo determinado equivalente a temporal o transitorio, nunca definitivo; del otro lado, el Consejo Nacional Electoral emitió la Resolución 0117 de 2007, por la cual señala el número de publicidad permitida a los partidos o movimientos políticos.

La anterior excepción nace del derecho político de las democracias en el mundo, considerada como un derecho humano, catalogada como el libre ejercicio de los humanos de asociarse en partidos o movimientos políticos y del derecho de postulación; su temporalidad nace en los tiempos modernos haciéndole un reconocimiento al esfuerzo de quienes adelantan políticas de conservación y preservación del paisaje rural y urbano.

Si se habla de tolerancia como la máxima expresión de la Paz, qué bien se ven de la mano los derechos constitucionales enunciados, que aunque son contrapuestos no son excluyentes, que aunque parecen distantes conviven, que aunque son diferentes miran hacia el mismo horizonte: la democracia participativa.

El debate jurídico social sobre el tema se reglamentó y concertó, de una parte para que partidos y candidatos no se excedan de la publicidad a que tienen derecho y de otra parte para que los ecologistas se abstengan de iniciar acciones populares; de todas maneras el tema es de moda a tal punto que: los ecologistas están llegando a ocupar cargos públicos de elección popular y los partidos o movimientos políticos están incorporando en sus programas de gobierno el tema ecológico.

Aquellos tiempos de insultos de unos hacia los otros y viceversa de corruptos y de locos, han felizmente terminado, hoy se vive la política con esperanza, aquella esperanza verde que observamos desde el cielo, a todo nuestro territorio colombiano. Nace el deseo profundo de exclamar: “que viva la democracia ecológica”.

Abogado
Especialista en Derecho Electoral