“Las imágenes objeto de publicación corresponden a las Candidatas al Concurso Nacional de la Belleza, quienes en forma individual han otorgado a la CORPORACION CONCURSO NACIONAL DE LA BELLEZA su autorización expresa para publicar su imagen a través de Internet, en los términos del artículo 87 de la Ley 23/82.
La titularidad patrimonial de cada uno de los retratos corresponde a INVERSIONES CROMOS S.A., quien está facultada para reproducir, comunicar públicamente, distribuir y transformar cada uno de ellos, en los términos referidos en los artículos 13, 14 y 15 D.A. 351/93.
En consecuencia, queda prohibida al usuario de internet y de tecnologías móviles, y en general a cualquier tercero, la reproducción no autorizada de los retratos, así como su transformación, comunicación pública y distribución, so pena de incurrir en violación de normas de Derecho de Autor (Ley 23 de 1982 y la D.A 351), la comisión del delito tipificado en el Código Penal como “Violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos”, consagrado en el artículo 271 del Código Penal, el cual contempla una pena de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión y multa al infractor que oscilará entre veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
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